PROGRAMA DE APOYO EMPRESARIAL PARA LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

28 de junio de 2021por GNegocios0

El día domingo 27 de Junio de 2021 salió publicado en el diario oficial El Peruano el Decreto de Urgencia N° 057 2021 que establece medidas para preservar la estabilidad del sistema financiero, promover el financiamiento de la MYPE y de los pequeños productores agrarios y otras medidas extraordinarias en materia económica y financiera.

Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del referido Decreto de Urgencia, se crea el Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), que tiene por objeto garantizar, a través del otorgamiento de una Garantía del Gobierno Nacional: a) los créditos para capital de trabajo otorgados en el marco del PAE-MYPE por las Empresas del Sistema Financiero (ESF) o Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público que se encuentren en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (COOPAC), a las que se refiere la Ley Nº 30822 y la Resolución SBS Nº 480- 2019; a las MYPE, financiados con recursos propios; y, b) los préstamos que otorgue la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE a las ESF o COOPAC para financiar los créditos para capital de trabajo otorgados a las MYPE en el marco del PAE-MYPE.

Que, en el contexto descrito anteriormente, las micro y pequeñas empresas (MYPE) son un sector empresarial que se encuentra en una situación de vulnerabilidad, debido a su menor de acceso al financiamiento, especialmente aquellas que han sido más afectadas por los recientes cierres de actividades o hayan tenido reinicio posterior o tardío de actividades, lo cual restringe el recobro de sus niveles de productividad y acceso a fuentes de liquidez en el corto plazo; Que, a pesar de la recuperación de la economía peruana, las MYPE continúan siendo afectadas por las consecuencias negativas del COVID-19, que aún afectan el normal desarrollo de sus actividades. Además, el riesgo originado por las nuevas variantes antes mencionadas ha profundizado el impacto en las MYPE con obligaciones crediticias con entidades del sistema financiero que los atiende, lo cual genera incertidumbre en su recuperación.

El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto modificar el Decreto Legislativo N° 1508, así como ampliar plazos de acogimiento, utilización de recursos y vigencia del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO), el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO) y Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAEMYPE), creados por los Decretos de Urgencia N° 076-2020, Nº 082-2020 y N° 019-2021, respectivamente; así como ampliar el plazo de acogimiento a las reprogramaciones de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú” y el Fondo de Apoyo Empresarial (FAE-MYPE) y su vigencia, establecido por los Decretos de Urgencia N° 026-2021, N° 029-2021, respectivamente, y permitir la apertura de cuentas para ciudadanos en el sistema financiero, con la finalidad de preservar la estabilidad del sistema financiero, promover el financiamiento de la MYPE y los pequeños productores agrarios.

Dispóngase, de manera excepcional, ampliar hasta el 30 de setiembre de 2021, el plazo máximo de acogimiento del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), previsto en el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 019-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento a micro y pequeños empresarios para la reducción del impacto del COVID-19, así como la vigencia del citado Decreto de Urgencia establecida en su artículo 18.

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